Secretaria Salud Bolívar

CONOCE NUESTRA

Dirección de Aseguramiento y Prestación de Servicios

Gestionar los recursos del gasto social destinados a la prestación de servicios de salud para la población sin capacidad de pago y organizar y regular la red pública de prestadores de servicios de salud del departamento, con criterios de calidad, eficiencia y oportunidad en la prestación de servicios de salud.

Javier Arturo Payares Sierra

Nacido en el municipio de Magangue, es médico de profesión y especialista en Gestión Pública. Acumula 25 años de experiencia profesional, de los cuales 15 corresponden al sector público y 9 al sector privado, consolidando una trayectoria amplia en la administración y prestación de servicios de salud.

A lo largo de su carrera ha ejercido responsabilidades directivas y administrativas en distintos niveles institucionales. Fue gerente de la E.S.E. Río Grande de la Magdalena y se desempeñó como secretario local de salud en la Alcaldía de su municipio. También asumió funciones como alcalde encargado de Magangué, participando activamente en la gestión territorial. En el ámbito de la seguridad social, prestó sus servicios en la Cajacopi y Caprecom fortaleciendo su experiencia en manejo institucional.

Su formación y trayectoria lo posicionan como un profesional comprometido con la gestión pública en salud y con el fortalecimiento de los servicios destinados a la comunidad bolivarense.

  1. Gestionar la prestación de los servicios de salud, de manera oportuna, eficiente y con calidad a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda, mediante instituciones prestadoras de servicios de salud públicas o privadas.

  2. Identificar a la población pobre y vulnerable del departamento y seleccionar a los beneficiarios del Régimen Subsidiado, atendiendo las disposiciones que regulan la materia.

  3. Gestionar los contratos para el aseguramiento en el Régimen Subsidiado de la población pobre y vulnerable y realizar el seguimiento y control directamente o por medio de interventorías.

  4. Financiar con los recursos propios, con los recursos asignados por concepto de participaciones y demás recursos cedidos, la prestación de servicios de salud a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda y los servicios de salud mental.

  5. Promover la afiliación al Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud de las personas con capacidad de pago y evitar la evasión y elusión de aportes.

  6. Adoptar, difundir, implantar, ejecutar y evaluar la Política de Prestación de Servicios de Salud, formulada por la Nación.

  7. Organizar, dirigir, coordinar y administrar la red de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas en el departamento.

  8. Concurrir en la financiación de las inversiones necesarias para la organización funcional y administrativa de la red de instituciones prestadoras de servicios de salud del departamento, a su cargo.

  9. Efectuar el registro de los prestadores públicos y privados de servicios de salud, recibir la declaración de requisitos esenciales para la prestación de los servicios y adelantar la vigilancia y el control correspondiente.

  10. Preparar el plan bienal de inversiones públicas en salud, en el cual se incluirán las destinadas a infraestructura, dotación y equipos, de acuerdo con la Política de Prestación de Servicios de Salud.

  11. Ejercer la vigilancia y el control del aseguramiento en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y en los regímenes de excepción definidos en la Ley 100 de 1993.

  12. Identificar las personas y los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud que residen en el Departamento, para promover la afiliación y hacer seguimiento a la funcionalidad de las bases de datos del aseguramiento del Departamento.

  13. Prestar asistencia técnica para la operación del Régimen Subsidiado, los procesos propios del aseguramiento en salud y el acceso efectivo a los servicios de salud en el Departamento, con enfoque diferencial, a los municipios, a la Red Prestadora de Servicios de Salud y las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB).

  14. Realizar seguimiento y asistencia técnica a las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), y a los municipios, sobre el cumplimiento de las normas constitucionales y legales vigentes, que reglamentan el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad en Salud (SOGCS), en lo concerniente al aseguramiento en salud, especialmente en los componentes de la Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad (PAMEC) y el Sistema de Información para la Calidad (SIC).
  15. Las demás que le sean propias o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia

Nuestros Procesos

Contenido Multimedia y galería de fotos

En esta sección encontrará una recopilación de contenido multimedia y una galería de fotos que documentan las actividades, eventos y procesos desarrollados por la entidad. Aquí podrá visualizar imágenes y material audiovisual que reflejan nuestro trabajo, avances y acciones realizadas en beneficio de la comunidad.